Servicios universales de Ingeniería S.A., sociedad creada bajo las leyes costarricenses, con cédula jurídica número 3-101-567092, en adelante denominada como SUI, establece el siguiente Reglamento de condiciones, limitaciones y responsabilidades para la utilización de la plataforma www.sufacturacr.com, para la emisión de facturas y comprobantes electrónicos.
1. La empresa Servicios Universales de Ingeniería S.A, como proveedor de servicios informáticos y de soluciones de facturación en sitios web, establece el presente documento para regular la relación entre la empresa, personas o instituciones, de carácter privado o público; que utilicen el servicio de factura electrónica a través de www.sufacturacr.com.
2. La Factura Electrónica y su uso está definido y regulado por la resolución, Nº DGT-R-51-2016, de la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda, emitida a las 16:20 horas del día 9 de enero del dos mil nueve y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 25 del jueves 5 de febrero del 2009.
3. El presente Reglamento incorpora implícitamente la resolución, Nº DGT-R-51-2016, y se emite en función de la resolución y sus reformas. Cambios en la resolución que afecten el funcionamiento de la Factura Electrónica, modifican este Reglamento, SUI realizará los cambios necesarios en el menor tiempo posible para ajustar el servicio.
4. Servicios Universales de Ingeniería como proveedor del servicio de facturación electrónica en el sitio SuFacturaCR ofrece el servicio de Factura Electrónica, para ser utilizado por todas las personas y empresas que requieran y deseen realizar sus facturas aprovechando las ventajas que la plataforma SuFacturaCR ofrece; todo conforme a la resolución Nº DGT-R-51-2016. Por lo tanto, los cambios que se realicen o las sustituciones en dicha resolución no son ni serán responsabilidad de SUI, SUI se ajustará a la resolución y sus modificaciones.
5. En virtud de que las modificaciones que pueda sufrir la resolución Nº DGT-R-51-2016, o su sustitución, y que afecten al servicio de facturación electrónica, y que tendrán vigencia a partir del día de su publicación en la Gaceta, el usuario deberá ajustarse a partir de esa fecha a los cambios independientemente si SUI ha modificado o no su reglamento.
6. El servicio ofrecido por SUI se fundamenta en la resolución Nº DGT-R-51-2016, por lo que ante cualquier modificación que se publicase en la Gaceta sin que medie previo anuncio o conocimiento; SUI de forma inmediata procurará realizar los ajustes, considerando las limitaciones propias del entorno sean estas físicas, tecnológicas o de disponibilidad de personal. Al tratarse de un asunto no previsible para SUI, SUI no tendrá responsabilidad alguna por los problemas que le pueda causar al usuario. Cualquier persona o empresa que se sienta afectada por los cambios en dicha resolución, deberá reclamarlos por las vías administrativas o judiciales pertinentes al ente responsable, pero nunca a SUI. En caso de que la afectación sea por cambios en la resolución, el usuario deberá renunciar al servicio que se ofrece en www.sufacturacr.com.
7. Este reglamento se entiende aprobado y suscrito a través del registro de los datos en la plataforma www.sufacturacr.com y el suscriptor o usuario renuncia a cualquier demanda, querella o denuncia en contra de SUI; por los cambios que se realicen a la resolución, o por la sustitución de la resolución, Nº DGT-R-51-2016, si dichos cambios o sustitución no hayan sido de conocimiento previo para la empresa SUI. Los cambios y sustituciones de la resolución dependen exclusivamente del Ministerio de Hacienda a través de la Dirección de Tributación Directa. Únicamente será obligación de SUI, actualizar este reglamento en caso de que sea necesario al haber cambios en la resolución.
8. Se podrá suspender, dejar de brindar el servicio total o parcialmente, sin responsabilidad alguna; si las reformas o resoluciones posteriores a la Nº DGT-R-51-2016 transformen, afecten el servicio o generen responsabilidades que no pueda asumir SUI. SUI hará el mejor esfuerzo por incorporar en la plataforma los cambios que surjan.
9. SUI y sus licenciantes serán dueños de todo derecho, título e interés, incluyendo sin limitar, todos los Derechos de Propiedad Intelectual (según se define más adelante) relacionados con el Servicio (y cualesquiera trabajos o mejoras derivados de ellos), incluyendo sin limitar, todo el software, tecnología, información, contenido, materiales, lineamientos, y documentación, excepto que SUI no sea propietario del Contenido del Cliente, o del contenido de cualquier Usuario Final o un tercero y/o información utilizada como parte del Servicio, incluyendo el contenido de las comunicaciones que aparecen como parte del Servicio. El Cliente no obtendrá ningún derecho, título, o interés de ello, excepto por los derechos de uso limitado expresamente establecidos en este reglamento. Cualesquiera derechos no otorgados expresamente en el presente se considerarán retenidos. “Derechos de Propiedad Intelectual” significa cualesquiera y todos los derechos existentes de tiempo en tiempo bajo las leyes de: patentes, leyes de los derechos de autor, leyes de los derechos morales, leyes de los secretos comerciales, leyes de marcas, leyes de la competencia, ley de los derechos públicos, ley de los derechos privados, y cualesquiera y todos los demás derechos de propiedad, y cualesquiera y todas las solicitudes, renovaciones, extensiones y restauraciones que deriven de las mismas, ya sea presentes o vigentes a partir de la fecha del presente en todo el mundo. Para evitar dudas, SUI no es propietario del contenido de terceros contenido en, o que sea parte del, Servicio, incluyendo cualquier Contenido Adicional. El Cliente no deberá, ni permitirá que un tercero: (i) transfiera, venda, de en arrendamiento, sindicalice, sub-sindicalice, preste, o use para asociar a sus marcas, compartir en tiempo o servir como buró u otros propósitos no autorizados, cualquier Servicio o acceso al mismo; (ii) modifique, adapte, traduzca, prepare trabajos derivados de, descompile, revierta la ingeniería, desmonte o intente derivar el código fuente de cualquier Servicio o cualquier otra tecnología, contenido, datos, rutinas, algoritmos, métodos, ideas, diseños, técnicas de usuario interfase, software, materiales, y documentación; (iii) remover, desfigurar, ocultar o alterar los derechos de autor de SUI sobre su nombre comercial, o marcas u otros derechos de propiedad adheridos al, o entregados como parte del, Servicio, o cualquier otra tecnología, software, materiales o documentación de Google; (iv) indexar o de alguna forma no transitoria almacenar o capturar información obtenida del Servicio; (v) crear o intentar crear un servicio o producto sustituto o similar a través del uso de o, acceso a, cualquier Servicio o información registrada relacionada con ello; o, (vi) utilice el Servicio para Actividades de Alto Riesgo. Cualquiera parte del Servicio podrá ser utilizada únicamente en conjunto con dicha porción del Servicio, y dicho uso deberá ser sujeto a todos los términos y condiciones del presente reglamento. EL SERVICIO O CUALQUIER PARTE DEL MISMO NO PODRÁ SER UTILIZADO, COPIADO, TRANSFERIDO O MODIFICADO, EXCEPTO SI SE ENCUENTRA EXPRESAMENTE PERMITIDO EN ESTE REGLAMENTO.
10. Definiciones importantes para este acuerdo.
11. Fundamentalmente será cliente/usuario/suscriptor la persona física y jurídica que se haya inscrito en el Ministerio de Hacienda como obligado tributario y que decida utilizar el sistema de factura electrónica de SUI. El cliente debe tener su propio equipo computacional y conexión a internet.
12. El cliente/usuario/suscriptor que se registre en el sistema, se somete voluntariamente a lo establecido en éste reglamento. El pago de la suscripción y el registro en la plataforma, representan la adhesión a este reglamento y para todos los efectos se entenderá como formalizado el contrato para la emisión de las facturas electrónicas en la plataforma www.sufacturacr.com.
13. SuFacturaCR ofrece los siguientes servicios, en el futuro se podrán incorporar otros servicios o modificar los existentes:
14. En el sitio www.sufacturacr.com se publica la información sobre el precio de cada servicio. Las tarifas podrán ajustarse en el momento en que SUI lo considere necesario. La nueva tarifa aplicará para renovaciones y nuevos servicios.
15. La tarifa publicada en www.sufacturacr.com será la que rija y SUI se reserva el derecho ha hacer promociones y descuentos.
16. La forma de pago será mediante transferencia bancaria, pago en efectivo, tarjeta de crédito o la que se convenga entre el cliente y SUI.
17. El plazo del servicio es por tiempo indefinido, y finalizará en cualquier momento a juicio de SUI sin que necesariamente medie previo aviso. El no pago de las suscripciones dará por terminado el contrato de servicio.
18. SUI se reserva el derecho de migrar o trasladar el servicio a otros dominios de internet, servidores o infraestructura tecnológica, lo cual se comunicará tan pronto cómo sea posible y conveniente a los intereses de SUI, los comunicados se harán por la misma plataforma.
19. El servicio SuFacturaCR, estará disponible 24 horas al día, todos los días del año, salvo situaciones de fuerza mayor o mantenimientos requeridos. De ser posible si se requiere una interrupción la misma se anunciaría en www.sufacturacr con antelación.
20. Para utilizar el servicio el cliente/usuario/suscriptor debe estar registrado en la Dirección de Tributación Directa.
21. En www.sufacturacr.com el cliente/usuario/suscriptor dispondrá de una sección de prueba. Sin embargo una vez que el cliente se registre con la información de producción emitida por el Ministerio de Hacienda, el cliente se responsabiliza totalmente por la emisión de sus facturas. Deberá conocer bien el sistema, el cual se construyó siguiendo las directrices establecidas por el Ministerio de Hacienda. El cliente podrá consultar los manuales y videos que SUI pone a disposición en www.sufacturacr.com.
22. El cliente/usuario/suscriptor podrá tener tantas cuentas como requiera, cada contribuyente requiere su propia cuenta de forma que sea independiente de la de cualquier otro contribuyente, cada cuenta es independiente y requiere su propia clave de acceso, la cual deberá proteger y velar por su confidencialidad. El cliente será responsable por el uso que sus subalternos y socios de negocio hagan de los accesos al servicio que él les proporcione. Los documentos generados en SuFacturaCR serán almacenados por SUI, y podrán ser revisados por el usuario. SUI no tendrá ni asumirá n
23. De los movimientos importantes quedará un registro electrónico(bitácora) para su trazabilidad
24. La generación(o confección) y envió de la Factura Electrónica será responsabilidad exclusiva del cliente/usuario/suscriptor , SUI provee la herramienta para hacerlo y garantiza su buen funcionamiento, pero el contenido (el monto, impuestos, el plazo, etc) y la realización total del proceso es responsabilidad exclusiva del cliente
25. El cliente tendrá acceso a la información de sus cuentas a través de sus claves seguras. El cliente será el responsable de la generación y corrección de las facturas en la forma que definió la resolución Nº DGT-R-51-2016 y al servicio provisto por SuFacturaCR.
26. SUI garantiza el funcionamiento adecuado del software de SuFacturaCR durante la vigencia del contrato. De existir daño o avería por caso fortuito, fuerza mayor o cualquier circunstancia se compromete a realizar el mantenimiento correctivo. La atención iniciará de inmediato y el tiempo de resolución dependerá de lo que determinen los profesionales encargados en función de las característica propias del evento.
27. El cliente exonera de toda responsabilidad a SUI por el uso indebido que terceros puedan hacer de la información, por la ocurrencia de una falla no imputable a SUI o por la apropiación o sustracción de información mediante la violación de los mecanismos de protección y seguridad por parte de terceros no autorizados.
28. SUI no se responsabiliza por cualquier virus que pudiera infectar el sistema como consecuencia del acceso o uso indebido de cualquier transferencia de archivos, imágenes, textos o audio contenidos en el mismo que no esté bajo su control.
29. El cliente se compromete a velar por mantener los equipos de acceso a la plataforma libres de virus y de cualquier software malicioso que pudiese propagarse por la internet. El cliente asumirá las responsabilidades ligadas a los problemas y daños que pueda causar a la plataforma si sube archivos infectados.
30. El cliente no podrá imputarle responsabilidad alguna a SUI, ni exigir pago por lucro cesante, daño emergente o daño indirecto en virtud de perjuicios que resultaren de dificultades técnicas o fallas en los sistemas.
31. SUI no garantiza el acceso y uso continuo o ininterrumpido como consecuencia dificultades técnicas o fallas de Internet responsabilidad de los proveedores de estos servicios, SUI no será responsable si el acceso se limita por problemas de la red de Internet.
32. En virtud de que se pueden presentar problemas de comunicación o de sistema, el cliente deberá por su propios medios confirmar el recibo de la factura que ha emitido.
33. Dado que el mecanismo principal de comunicación es el correo electrónico, el cliente tiene que confirmar que los correos electrónicos son los correctos y deberá tener almacenados en sus sistemas de respaldo todos los documentos electrónicos.
34. SUI no se responsabiliza por daños, perjuicios o pérdida de información como consecuencia por fallas en el sistema, ataques deliberados en el servidor o actos similares.
35. SUI no será responsable por ningún motivo si una factura emitida por SuFacturaCR, no es pagada por el receptor de la misma, sin importar las razones que pudiese aducir el receptor.
36. Los fenómenos propios de la naturaleza, tales como inundaciones, erupciones volcánicas, terremotos, huracanes o tempestades ciclónicas, no generarán responsabilidad para SUI en caso de que el servicio se interrumpa o paralice, ya sea total o parcialmente. De igual forma, actos provocados por hombre como terrorismo, ataques cibernéticos, guerra, vandalismo, motín o tumulto popular, paros huelgas, bloqueos, etc., no generarán responsabilidad para SUI cuando el servicio se interrumpa o paralice, ya sea total o parcialmente.
37. El cliente acepta todos los términos expresados en este reglamento, como muestra de su voluntad y espíritu para la contratación, y con ello se perfecciona el contrato.
38. El mecanismo de comunicación es www.sufacaturacr.com y el correo electrónico notificacion@sufacturacr.com para dar a conocer cualquier cambio a este documento. SUI se reserva el derecho de usar otros mecanismos según su conveniencia y oportunidad.
39. Si un cliente no acepta los cambios que se requiera hacer al servicio, deberá comunicarlo a SUI en un plazo máximo de 30 días naturales contados a partir del cambio. En tal caso la relación comercial se dará por finalizada inmediatamente, sin responsabilidad alguna para las partes.
40. El contrato únicamente podrá ser rescindido cuando alguna de las partes haga dicha solicitud por escrito con un mínimo de 30 días de anticipación. El contrato se dará por finalizado si el cliente no paga el monto del derecho de uso de la plataforma(el plan al que se suscribió), de igual forma si el usuario no cumple una o más de las cláusulas de este reglamento será motivo suficiente y dará derecho a SUI a dar por terminado el contrato, sin perjuicio de los daños y perjuicios que puedan reclamarse. En cualquier caso que se de la finalización del contrato, no habrá responsabilidad de ningún tipo para las partes, las únicas responsabilidades serán las económicas que no se hayan satisfecho
41. Si el cliente no paga a SUI los derechos de uso de la plataforma una vez vencido el plan contratado, tendrá un periodo de 30 días a partir del día del vencimiento de la suscripción para descargar los documentos que posee en la plataforma, una vez finalizados los 30 días dispondrá de 15 días adicionales para consultar documentos pero no podrá descargarlos masivamente. transcurridos los 45 días deberá contactar a SUI.
42. El cliente indica conocer los alcances de la resolución Nº DGT-R-51-2016 y sus modificaciones, emitidas por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda. Así como haber leído y entendido los manuales que tiene a su disposición en www.sufacturacr.com.
43. Las obligaciones o los derechos que otorga este contrato, no podrán ser cedidos, total o parcialmente.
44. SUI podrá dar en garantía o traspasar el contrato a un Banco o entidad financiera, para garantizar cualquier tipo de obligación financiera contraída o por contraer, sin que esto signifique que el servicio fue cedido.
45. Los anexos que se agreguen se considerarán parte integral de este contrato.
46. Las partes se someten a las leyes de la República de Costa Rica, para la interpretación de este contrato, y si alguna disposición de este Contrato resultare inválida, ilegal o contraria a la legislación vigente se entenderá por inexistente, y la legalidad y validez del resto del Contrato no se verá afectada o limitada por dicha situación.
47. Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse del presente contrato, o el negocio y la materia a la que este se refiere, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez serán sometidas en primera instancia a conciliación en un centro de Conciliación y Arbitraje debidamente constituido en Costa Rica. Cualquier conflicto se dilucidará de acuerdo con las leyes de la República de Costa Rica.
48. De conformidad con la Leyes de Costa Rica, ambas partes se comprometen a proteger la información no divulgada ni expuesta en este documento, y la información compartida como resultado de la relación comercial
Bajo este Acuerdo, la parte que recibe la información protegida es llamada “Receptor” y la parte que revela la información protegida es el “Divulgador”.
49. La relación entre las partes es única y exclusivamente comercial.
50. Para los efectos el domicilio de SUI será en sus oficinas ubicadas en San José, Moravia, San Vicente, barrio la Flor, del Colegio Madre del Divino Pastor 150 mtrs al este y 350 mtrs al sur para el Cliente/usuario/suscriptor la señalada en su registro y aceptación del servicio.
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